Sabemos bien que el derecho romano no es un derecho vigente en forma directa en ningún estado del mundo, sin embargo su estudio es considerado, en muchos países de Europa, Latinoamérica, África y Asia, fundamental para la ciencia del derecho.
Quizá con la misma inquietud, muchos de los Manuales, Libros de texto o Instituciones de derecho romano, inician su exposición manifestando las razones por las que debe estudiarse y contemplarse en la currícula de las Facultades y Escuelas de Derecho, la materia de Derecho Romano.
Derecho Romano 1 Sabino Ventura Silva Pdf
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Una buena parte de los derechos modernos encuentra su origen en este derecho1, lo cual es indiscutible, sin embargo es necesario señalar que la importancia del derecho romano no estriba en el hecho de considerarlo un antecedente de los actuales sistemas jurídicos y en particular del nuestro, dado que un discurso de tal naturaleza quitaría vigor a este derecho, confiriéndole un aspecto estático, añejo, vetusto; por el contrario, el derecho romano debe ser visto desde una perspectiva dinámica y actual, en su calidad de elemento vivo que se integra a los modernos sistemas jurídicos que conforman la gran familia de derecho denominado romanista. En esta perspectiva el estudio del derecho romano nos conducirá necesariamente al conocimiento y comprensión de nuestro ordenamiento jurídico actual.
En Europa continental, receptora del derecho romano a través de las escuelas de los Glosadores y Posglosadores, solía enseñarse este derecho en dos cursos atendiendo a la antigua división: historia externa e historia interna del derecho, surgiendo de tal manera los cursos de Historia del Derecho Romano e Instituciones de Derecho Romano, complementándose estos con materias opcionales como Exégesis de las Fuentes y Derecho Común.
Desde épocas remotas, los juristas romanos comprendieron que el acceso al conocimiento del derecho debía basarse necesariamente en el estudio sistemático del ordenamiento jurídico, fueron los únicos del mundo antiguo que dedicaron parte de su actividad a la enseñanza del derecho y a la elaboración de manuales claros, lineales, sencillos y accesibles, a los que denominaron institutiones, en donde exponían de manera elemental, breve y ordenada en torno a una división sistemática, todas las instituciones que integraban el derecho privado romano.
Los juristas romanos a través de las Instituciones hacían una exposición elemental del derecho privado y del proceso civil, de todos los manuales escritos por los juristas el único que ha llegado de manera directa hasta nosotros es el de Gayo, estudioso del derecho que vivió en el siglo II d. C.
Sobre este modelo imperial fueron diseñados los tratados sistemáticos de derecho privado romano en la edad media y también en la época moderna, en éstos se estudia y enseña el derecho romano en las actuales facultades de derecho del mundo europeo.
Estos manuales tienen como argumento central el derecho privado y el proceso civil, aún cuando los juristas se ocupan también del derecho y del proceso criminal, su interés primordial lo constituye el derecho privado. De manera que la relevancia privatista del derecho romano en la antigüedad, edad media y moderna ha sido determinante para conferir un contenido de derecho privado a los modernos cursos de instituciones.
A manera de ejemplo citaremos el curso de istituzioni del diritto romano impartido por el Prof. Mario Talamanca en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Roma5, cuyo programa comprende una exposición del sistema privado romano de sus orígenes a Justiniano en sus concretas articulaciones: derecho objetivo y subjetivo, sujetos, hechos y negocios jurídicos, proceso, derechos reales, obligaciones, derecho de familia y sucesiones, basándose su obra Istituzioni di diritto romano.
Por cuanto hace a la enseñanza del curso Historia del Derecho Romano, podemos observar que tiene como punto de partida el derecho público romano, es decir comprende el estudio de las diferentes etapas del derecho romano, involucrando en este contexto tanto los órganos políticos de las diferentes etapas constitucionales, así como la diversidad de fuentes jurídicas, podría decirse que su contenido se traduce en el estudio del derecho constitucional romano, sin embargo se han incorporado en el curso otros temas, que no encuentran cabida en el de Instituciones y que se ajustan mejor en aquél, como las referencias a jurisconsultos clásicos y su obra, clasificaciones del derecho, contenido de las codificaciones, etc.
Así tenemos como ejemplo el curso Storia del diritto romano del Prof. Salvatore Tondo en la Facultad de Jurisprudencia de la Universidad de Roma6, en donde se analizan los perfiles institucionales del sistema político romano, se estudia en particular el desarrollo de los principales formas constitucionales de la fundación de la ciudad a la muerte del emperador Justiniano, así como la jurisprudencia y de demás fuentes. La compilación justinianea y las otras codificaciones. Todo ello con la finalidad de considerar la Historia del derecho romano como una experiencia básica de la cultura jurídica europea.
Los cursos de Instituciones y de Historia del derecho romano, encuentran apoyo en otra asignatura, que si bien es considerada fundamental en la carrera de derecho, puede ser substituida por otros cursos, de acuerdo al programa preestablecido por el alumno. Este curso se denomina Derecho Romano y su contenido es variable, generalmente se analizan, a partir de las fuentes, algunas instituciones, como la propiedad7 (Prof. Capogrossi Colognesi) o personas8 (Prof. Pierangelo Catalano).
En las universidades españolas de igual modo que en Italia, el estudio del derecho romano es considerado de particular importancia y trascendencia, fundamento de los diversos sistemas jurídicos europeos9. Se hace la distinción entre Derecho Romano Público (organización política de Roma, órganos, fases del derecho romano, fuentes) y Derecho Privado Romano (personas, familia, derechos reales, obligaciones, contratos y sucesiones), considerándosele, una materia troncal y de suma importancia para la formación de los futuros juristas.
En la actualidad, se está discutiendo en las universidades europeas la situación crítica en la que puede encontrarse el estudio del derecho romano, en virtud de la aplicación del Espacio Europeo de Educación Superior (EEES), que implica la reforma de los Planes de estudio, en los se introduce, entre otras novedades, el sistema de créditos, adjudicándose al derecho romano un número reducido de ellos, afectándose de este modo los contenidos que deben contemplarse en los correspondientes programas de estudio.
En esta perspectiva, la asignatura derecho romano no ha permanecido indiferente frente a los cambios que el proceso Bolonia establece, y se han debido modificar algunos aspectos de la enseñanza de este derecho11. Así tenemos, que como el sistema de créditos se basa en el aprendizaje de los estudiantes a diferencia del sistema anterior que tomaba como punto de partida la enseñanza, el profesor debe abandonar la clase magistral en la que asumía un rol protagónico y activo, utilizaba el pizarrón explicando de manera ordenada los temas que conformaban el programa, en tanto que el alumno asumía una actitud más bien pasiva, tomando apuntes y ocasionalmente interrumpiendo al maestro con alguna inquietud o duda. La evaluación también era acorde al sistema tradicional, basándose fundamentalmente en la presentación de pruebas finales escritas u orales12.
Los manuales de derecho romano en México13 por citar algunos autores como Guillermo F. Margadant, El derecho privado romano; Sabino Ventura Silva, Derecho romano; Gumersindo Padilla Sahagún, Derecho romano I; Marta Morineau Iduarte y Román Iglesias González, Derecho romano, Socorro Moncayo Rodríguez, Manual de derecho romano I, realizan una exposición de las instituciones del derecho privado y el proceso civil, haciendo un esfuerzo por introducir previamente a la temática de personas, familia, derechos reales, obligaciones, etc., una primera parte o primer capítulo dedicado a una reducida historia del derecho romano.
A continuación se hará referencia a la enseñanza del derecho romano en la Universidad Veracruzana. Se parte de la elaboración de un cuadro que sintetiza la presencia del derecho romano en los diferentes planes de estudio implementados en el Estado de Veracruz, para lo cual nos servimos de una valiosísima obra escrita por dos prominentes investigadoras de la Universidad Veracruzana: María del Pilar Espinosa Torres y Marta Moreno Luce, Los planes de estudiode la Escuela y Facultad de Derecho de la Universidad Veracruzana.14
El contenido de la asignatura se distribuye en dos cursos semestrales: Derecho Romano I, que comprende las fases constitucionales romanas, las fuentes del derecho, desarrollo del derecho romano, conceptos generales, personas, familia y sucesiones; Derecho Romano II, integrado por los derechos reales, obligaciones y proceso civil romano. 2ff7e9595c
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